CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Elizabeth Chocllu Diaz por memorial de fs. 22 a 24 vta., ampliada y modificada de fs. 55 a 59 y subsanada a fs. 65, promovió demanda ordinaria de anulabilidad de contrato, contra Laureano Huarachi Paqui, el cual una vez citado responde de manera negativa a la causa por escrito de fs. 86 a 91; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 164/2024, de 01 de agosto, obrante de fs. 177 a 180, en la cual la Juez Público, Civil y Comercial 13° de la ciudad de Sucre declaró IMPROBADA la demanda principal, con costas.
2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Elizabeth Chocllu Diaz mediante escrito de fs. 185 a 201, originó que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 424/2024, de 21 de octubre, corriente de fs. 219 a 221 vta., que CONFIRMÓ en su totalidad la Sentencia apelada. Con costas y costos a cargo de la apelante.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la recurrente según escrito que corre de fs. 224 a 230, que es objeto de análisis para su admisión.
