AS/0235/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0235/2024-RA

Fecha: 19-Mar-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Agustín Valverde de los Ríos e Inés Juany Barriga de Valverde, por medio del escrito que corre de fs. 8 a 9, subsanado por el memorial que sale a fs. 16 y vta., promovió demanda ordinaria de nulidad de contrato, en contra de Julio Ariel Arambulo Velasco, quien tras asumir conocimiento de la presente acción legal, mediante el acto procesal que cursa de fs. 23 a 32, contestó de forma negativa; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la pronunciarse la Sentencia Nº 142/2023, de 13 de junio, corriente de fs. 130 a 134 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 29 de Santa Cruz de la Sierra declaró PROBADA la demanda planteada por Agustín Valverde de los Ríos e Inés Juany Barriga de Valverde.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Julio Ariel Arambulo Velasco, a través del memorial que corre de fs. 137 a 143, originó que la Sala Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 92/2023, de 22 de diciembre, corriente de fs. 166 a 169 vta., por el cual CONFIRMÓ la Sentencia de impugnada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Julio Ariel Arambulo Velasco, según el escrito que corre de fs. 174 a 180 vta., medio impugnativo que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.