VISTOS
El recurso de casación y/o nulidad de fs. 85 a 86 vta., interpuesto por Carlos Diego Hernán Vilar Laguna en representación legal de la Empresa LINEA AEREA ECOJET S.A., en virtud del Testimonio de Poder N° 286/2020, otorgado ante la Notaría de Fe Pública N° 19, correspondiente al distrito judicial de Cochabamba, impugnando el Auto de Vista Nº 190, de 20 de noviembre de 2023, cursante de fs. 79 a 82 vta., pronunciado por la Sala Primera Social, Administrativa, Contenciosa, y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Cochabamba, dentro del proceso laboral por pago de salarios devengados, seguido contra el recurrente, la respuesta de contrario de fs. 90 a 91 vta.; el Auto de 1 abril de 2024 cursante a fs. 93 que concedió el recurso; el Auto de remisión de 11 abril de 2024 de fs. 743; los antecedentes del proceso, y
