AS/0293/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0293/2024-RA

Fecha: 10-Abr-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1.- Isidoro Helio Cruz Huanca, mediante escrito que cursa de fs. 20 a 24, subsanado por memoriales de fs. 28 a 29 vta., 39, 57, 63 a 64 vta., 67 a 69, 72 y vta. y 75, planteó demanda ordinaria de usucapión decenal o extraordinaria, contra la Empresa Constructora CONTECO LTDA., representada legalmente por Luis Torrez Ortega, Guillermo Hugo Antonio Roncal Brito, Indalecio Torrez Layme, presuntos interesados y el Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba representado legalmente por Humberto Sánchez Sánchez; quienes una vez citados, el segundo de estos se apersonó, interpuso excepciones previas de falta de legitimación e interés legítimo y demanda defectuosa e incidente de nulidad, al mismo tiempo contestó negativamente e interpuso demanda reconvencional de nulidad de documento, mejor derecho propietario, acción negatoria y reivindicación; excepciones previas e incidente de nulidad que fueron rechazadas por Auto de 16 de enero de 2019, cursante de fs. 469 a 472 vta.; respecto a Indalecio Torrez Layme y Humberto Sánchez Sánchez representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba al no contestar la demanda, fueron declarados rebeldes por Autos de 17 de marzo de 2017 y de 18 de mayo de 2018, visibles a fs. 220 y 344, respectivamente; por memorial de 25 de abril de 2017, de fs. 236 a 237 vta., María Isabel Gutiérrez Cayo designada defensora de oficio de Luis Torrez Ortega representante legal de la Empresa Constructora CONTECO LTDA. se apersonó y contestó negativamente la demanda; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 04 de julio de 2019, saliente de fs. 585 a 591 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 3° de Sacaba- Cochabamba, declaró PROBADA la pretensión principal de usucapión decenal o extraordinaria e IMPROBADA la demanda reconvencional de nulidad de documento, mejor derecho, acción negatoria y reivindicación interpuesto por Guillermo Hugo Antonio Roncal Brito; declarando a Isidoro Helio Cruz Huanca (demandante) y Mercedez Torres de Cruz (esposa del demandante) propietarios por usucapión decenal o extraordinaria del bien inmueble objeto de litis.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Guillermo Hugo Antonio Roncal Brito, mediante memorial que corre de fs. 593 a 601, originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 02/2023, de 24 de enero, corriente de fs. 822 a 827 vta., que REVOCÓ en parte la sentencia recurrida, declarando IMPROBADA la demanda de usucapión decenal interpuesta por Isidoro Helio Cruz Huanca, manteniendo incólume el resto de la sentencia, sin costas ni costos.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Isidoro Helio Cruz Huanca, según escrito visible de fs. 833 a 838 vta., que es objeto de análisis para su admisión.