CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
Daniela Karen Quispe Chocata, mediante escrito que cursa de fs. 60 a 62, subsanado de fs. 66 a 67, y fs. 70 a 71, planteó proceso ordinario de reivindicación contra Pilar Ana Chocata Molina, quien una vez citada mediante memorial saliente de fs. 119 a 123 vta., contestó de manera negativa a la demanda; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 01/2024, de 24 de enero, saliente de fs. 339 a 351 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 13º de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA la demanda, con costas y costos.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Pilar Ana Chocata Molina, mediante memorial que corre de fs. 356 a 360 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 174/2024, de 15 de abril, saliente de fs. 381 a 388, que CONFIRMÓ la Sentencia, con costas y costos.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Pilar Ana Chocata Molina, según escrito visible de fs. 391 a 395, que es objeto de análisis para su admisión.
