III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiere que el Auto de Vista impugando, no subsanó los agravios que vulneran el debido proceso en su elemento de congruencia y el principio de verdad material bajo el argumento de no poder revisar las cuestiones de hecho ni revalorizar la prueba para determinar si hubo o no conducta dolosa y si incurrió o no en el delito atribuido.
Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 376/2010 de 13 de noviembre, 526 de 20 de septiembre 2004, 166 de 12 de mayo de 2005, 316 de 28 de agosto de 2006, 30 de 26 de enero de 2007 y 244 de 7 de marzo de 2007.
