CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Lucia Saavedra Vda. de Cárdenas, Yocely Carol Cárdenas Saavedra y Walberto Cárdenas Saavedra, por medio del escrito que corre de fs. 37 a 39 vta., promovió demanda ordinaria de reivindicación, entrega y desocupación de lote de terreno, en contra de Lourdes Rosario Cárdenas Cardona y José Mamani Cárdenas, quienes tras asumir conocimiento de la presente acción legal, mediante el acto procesal que cursa de fs. 96 a 100 vta., contestaron de forma negativa y opusieron acción reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria; desarrollándose de esta manera el proceso hasta que la Juez Público Civil y Comercial 27º de Santa Cruz de la Sierra pronunció la Sentencia Nº 94/2023, de 22 de junio, que cursa de fs. 344 a 349, mediante el cual se declaró IMPROBADA la demanda principal y PROBADA la acción reconvencional.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Lucia Saavedra Vda. de Cárdenas, Yocely Carol Cárdenas Saavedra y Walberto Cárdenas Saavedra, a través del memorial que corre de fs. 353 a 359, originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 113/2024, de 25 de abril, corriente de fs. 381 a 384, por medio del cual se CONFIRMÓ la Sentencia de primer grado.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lucia Saavedra Vda. de Cárdenas, Yocely Carol Cárdenas Saavedra y Walberto Cárdenas Saavedra, según consta del escrito que corre de fs. 388 a 392 vta., que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
