AS/0969/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0969/2024-RA

Fecha: 22-Ago-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Beatriz Ivon Lozano Monrroy, mediante escrito que cursa de fs. 28 a 31 vta., subsanado a fs. 33, fs. 36 a 39 vta., fs. 42 a 43 vta., fs. 46 a 49 y modificado a fs. 50, promovió proceso ordinario de reivindicación, contra Isabel Virginia Sánchez Román en representación de si y por Isabel Román Vda. de Sánchez, Ronald Marcelo, Carlos Humberto, Giovanna Isabel todos de apellidos Sánchez Román, quienes una vez citados, por memoriales salientes de fs. 261 a 273, fs. 395 a 403 vta., subsanado de fs. 575 a 585 vta., fs. 554 y 555 quienes se apersonaron y opusieron excepción de falta de legitimación y contestaron de manera negativa la demanda; memoriales obrantes de fs. 554 y 556 de apersonamiento; consecuentemente, por Auto Nº 254/2023, de 11 de julio, cursante de fs. 684 a 689, se rechazó la excepción planteada; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 395/2023, complementación y enmienda, de 20 octubre, que sale de fs. 697 a 711, en la que la Juez Público Civil y Comercial 16° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADO el mejor derecho propietario de Lozano Monrroy Beatriz Ivon y PROBADA la demanda la demanda de reivindicación del bien inmueble; asimismo, RECHAZA la solicitud de aclaración y enmienda.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Isabel Virginia Sánchez Román en representación de si y por Isabel Román Vda. de Sánchez, Ronald Marcelo, Carlos Humberto, Giovanna Isabel todos de apellidos Sánchez Román, mediante memorial que corre de fs. 729 a 741, originó que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 53/2024, de 08 de febrero, visible de fs. 797 a 803, que CONFIRMÓ la Resolución Nº 254/2023, de 11 de julio, con costas y costos al apelante y ANULA obrados hasta fs. 691 vta. únicamente en lo referente al acta de audiencia de 14 de julio de 2023.

De igual forma, el Tribunal de instancia, ante la solicitud de complementación y enmienda interpuesta por la parte demandante que cursa a fs. 809 y vta., emitió el Auto complementario de 13 de junio de 2024, cursante a fs. 811, donde dispuso NO HA LUGAR a la solicitud impetrada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Beatriz Ivon Lozano Monrroy, según escrito visible de fs. 813 a 822 vta., que es objeto de análisis para su admisión.