AS/1005/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1005/2024-RA

Fecha: 05-Sep-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso.

1. Sandra Rey Alfaro, por memorial de demanda que discurre de fs. 31 a 33, subsanada a fs. 35 y 38, readecuada de fs. 41 a 43, inició el proceso ordinario de determinación de bienes gananciales contra por Vilmar Valdez Cari, quien una vez citado mediante comisión instruida, no contestó a la demanda, motivo por el que se declara rebelde al demandado mediante el Auto de 10 de noviembre de 2023, cursante a fs. 71 y vta., se nombra defensor de oficio al Dr. Horacio Rodríguez, quien acepta la designación por escrito visible a fs. 69; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 53/2024, de 25 de abril, que sale de fs. 165 a 166 vta., en el que la Juez Público Quinto de Familia de la ciudad de Tarija, declaró PROBADA la demanda de declaración judicial de bienes gananciales, disponiendo la ganancialidad del bien inmueble registrado con Matrícula Nº 6.01.1.28.0006155, adquirido en la vigencia del matrimonio; ordenó el registro en Derechos Reales de las acciones y derechos (50%) que le corresponde a la señora Sandra Rey Alfaro; a tal efecto determinó se elaboren las ejecutoriales de ley para el registro en Derechos Reales. Asimismo, estableció que la parte demandante deberá deducir acción de anulabilidad del contrato en la vía legal que corresponda.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Vilmar Valdez Cari, según memorial de fs. 168 a 174; originó que la Sala Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emita el Auto de Vista Nº 44/2024, de 01 de julio, visible de fs. 190 a 194, que CONFIRMÓ la Sentencia de fs. 165 a 166 vta., pronunciado por la Juez Publico de Familia 5º de la Capital, con costas y costos.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Vilmar Valdez Cari, mediante escrito obrante de fs. 197 a 207, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.