AS/1104/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1104/2024-RA

Fecha: 23-Sep-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Simón Vela y Filomena Vargas Flores, mediante escrito que cursa de fs. 59 a 62 vta., subsanado a fs. 70 y vta., y fs. 73 a 74, planteó demanda ordinaria de usucapión decenal o extraordinaria, contra María Teresa Fernández y personas desconocidas que tengan o crean tener derecho propietario sobre el bien inmueble objeto de litis, quienes una vez citados mediante edictos que cursan de fs. 90 a 91, por Auto de 23 de enero de 2024, obrante a fs. 127 vta., se designó defensor de oficio a Neil Edson Loayza Coronado, quien mediante memorial saliente a fs. 260, se apersonó al proceso; por memorial saliente de fs. 221 a 228 vta., María Teresa Fernández contestó negativamente a la demanda y opuso excepciones de demanda defectuosa, oscuridad, imprecisión y contradicción; que por Auto de 08 de abril de 2024, cursante de fs. 308 vta. a 309 vta., se declaró improbadas las excepciones planteadas; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 12/2024, de 23 de mayo, saliente de fs. 381 a 391 vta., en el que el Juez Público Mixto Civil y Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1° de Tarabuco – Chuquisaca, declaró PROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por María Teresa Fernández, mediante memorial que corre de fs. 405 a 411, originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 280/2024, de 05 de agosto, visible de fs. 431 a 434 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 12/2024, de 23 de mayo, con costas y costos.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por María Teresa Fernández, según escrito visible de fs. 439 a 443, que es objeto de análisis para su admisión.