AS/0069/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0069/2025-RA

Fecha: 04-Feb-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Edwin Milton Quispe Favio por memorial de demanda que discurre de fs. 31 a 35 vta., subsanada de fs. 40 a 44, promovió demanda ordinaria de reivindicación contra Raymunda Daza Quispe de Huanca, quien una vez citada mediante cedula y ante su incomparecencia se le declaró rebelde por Auto de 08 de septiembre de 2022 visible a fs. 53; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 520/2022, de 30 de noviembre, obrante de fs. 72 a 75, en la cual el Juez Público Civil y Comercial 10° de El Alto-La Paz, declaró PROBADA la demanda, con costas y costos. Declarándose ejecutoriada por Auto de 1 de febrero a fs. 89, apersonándose Juan Luis Huanca Daza en su condición de heredero forzoso, interponiendo incidente de nulidad cursante a fs. 82 a 86 vta., aclarado de fs. 92 a 94, pretensión que mereció la Resolución N° 101/2023 de 15 de marzo, que declaró improbado el mismo.

2. Resoluciones de primera instancia que al haber sido apeladas por Juan Luis Huanca Daza mediante escritos de fs. 82 a 86 vta., aclarado de fs. 92 a 94, y 130 a 132, originó que la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 42/2024, de 26 de enero, corriente de fs. 171 a 174, que ANULÓ obrados asta fs. 31 inclusive; por Auto de 30 de abril de 2024 cursante a fs. 179, declaró no ha lugar a la solicitud de complementación.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Juan Luis Huanca Daza según escrito que corre de fs. 181 a 183, que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.