AS/0082/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0082/2025-RA

Fecha: 11-Feb-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

José Israel Sánchez Oropeza a través de su representante legal Mauricio Hugo Santivañez Villarroel por memorial de demanda que discurre de fs. 22 a 23, subsanado a fs. 27 y vta., promovió el proceso ordinario de devolución de dineros, contra Johnny Alberto Illanes Vidal, quien una vez citado, según escrito visible de fs. 69 a 71, subsanado a fs. 73 y vta., y aclarado a fs. 75, se apersonó y contestó de manera negativa y planteó excepción de demanda interpuesta antes de ocurrido el vencimiento del término o el cumplimiento de la condición; pretensión que mereció el Auto de 27 de abril de 2021, de fs. 109 vta., a 110 vta., que declaró improbada la excepción; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia de 17 de mayo de 2021, que cursa de fs. 114 a 116, en la que la Juez Público, Civil y Comercial 19° de la ciudad de Cochabamba, declaró la IMPROBADA la demanda, con costas.

Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por José Israel Sánchez Oropeza a través de su representante legal Mauricio Hugo Santivañez Villarroel según escrito de fs. 125 a 126 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 243/2024, de 12 de noviembre, corriente de fs. 139 a 140 vta., que declaró INADMISIBLE el recurso de apelación.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por José Israel Sánchez Oropeza a través de su representante legal Mauricio Hugo Santivañez Villarroel según escrito visible de fs. 146 a 147 vta., que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.