POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42. I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 414 a 415, interpuesto por Gabriel Gonzales Sánchez a través de su representante legal Juan Víctor Calderón Méndez contra el Auto de Vista N° 04/2025 de 13 de enero, cursante de fs. 409 a 411 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
