AS/0208/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0208/2025-RA

Fecha: 17-Mar-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

Hipolito Flores Ramos, por memorial de demanda que discurre de fs. 92 a 100 vta., promovió el proceso ordinario de mejor derecho propietario y reivindicación, contra Andres Choque Limachi, quien una vez citado, no respondió en plazo oportuno, por lo que fue declarado rebelde a través del decreto de 04 de abril de 2023 cursante a fs. 107, posteriormente, el demandado plantea incidente de nulidad de notificación, cursante de fs. 119 a 120 vta., que mereció el Auto interlocutorio, obrante de fs. 174 vta. a 177, que rechazó el incidente planteado; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 287/2023, de 15 de mayo, visible de fs. 201 a 206, donde el Juez Público Civil y Comercial 5º de la ciudad de El Alto - La Paz, declaró PROBADA la demanda de mejor derecho propietario y reivindicación, disponiendo que el demandado restituya al tercer día el bien inmueble a Hipólito Flores Ramos, bajo alternativa de expedirse mandamiento de desapoderamiento, además de condenar en costas y costos a la parte demandada.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Andres Choque Limachi, según escritos de fs. 253 a 257, originó que la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 492/2024, de 01 de noviembre, corriente de fs. 611 a 613 vta., donde se REVOCÓ la Sentencia apelada, declarando improbada la demanda.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Hipolito Flores Ramos, según escrito visible de fs. 615 a 619 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.