POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 168 del Código de Procedimiento Penal (CPP), CORRIGE el Auto Supremo 264/2024 de 18 de septiembre, en cuanto se refiere a la identidad del ciudadano requerido de extradición, que fue consignada erróneamente como “GARY PADILLA BELTRAN”, por la denominación correcta de GARY BELTRÁN PADILLA, manteniéndose el Auto Supremo 264/2024, firme y subsistente en todo lo demás; habiéndose aclarado y efectuado la corrección correspondiente, la Autoridad Comisionada deberá expedir nuevo Mandamiento de Detención Preventiva con Fines de Extradición con el dato correcto; es decir, contra GARY BELTRAN PADILLA, asimismo, a fin de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el art. 440 del CPP ofíciese por Secretaria de Sala Plena, a los 9 Tribunales Departamentales de Justicia del país, certifiquen a través de sus Juzgados y Salas Penales, sobre las existencia de procesos penales en trámite que se hubiera instaurado en contra de GARY BELTRAN PADILLA; similar certificación deberá emitir el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) del Consejo de la Magistratura; debiendo adjuntarse copia legalizada del Auto Supremo 264/2024 y la presente Resolución.
Regístrese, notifíquese, cúmplase.
Romer Saucedo Gómez
PRESIDENTE
Rosmery Ruiz Martínez
DECANA
Primo Martínez Fuentes
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Carlos Eduardo Ortega Sivila
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Fanny Coaquira Rodríguez
MAGISTRADA
Norma Velasco Mosquera
MAGISTRADA
Germán Saúl Pardo Uribe
MAGISTRADO
Dra. Paola Berbetty Von Borries
SECRETARIA DE SALA PLENA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
