AS/0444/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0444/2025-RA

Fecha: 19-May-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Julian Ribera Ribera, por memorial de demanda que discurre de fs. 45 a 47, subsanado a fs. 52 y modificado a fs. 53, promovió el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria, contra Margarita Evelin Vaca Cuellar, quien una vez citada, no compareció dentro el plazo oportuno, por lo que fue declarada rebelde mediante Auto de 17 de agosto de 2022, obrante a fs. 86 vta., según escrito visible a fs. 80 y vta., el Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad se apersonó y contestó solicitando se lo excluya del proceso, petición que fue aceptada por Auto de 29 de abril de 2022, que cursa a fs. 81, consiguientemente, se pronunció la Sentencia Nº 16/2023 de 31 de enero, que corre de fs. 124 a 127, que declaró probada la demanda; por escrito visible de fs. 138 a 143 vta., la demandada Margarita Evelin Vaca Cuellar se apersonó e interpuso incidente de nulidad de citación, el cual mereció el Auto Interlocutorio Nº 316/2023 de 20 de abril, obrante de fs. 147 a 150, que declaró probado el incidente disponiendo la nulidad de obrados hasta fs. 85, debiendo citarse con la demanda a la parte demandada e incidentista, quien por escrito que cursa de fs. 215 a 222, contestó negativamente y reconvino por reivindicación más pago de daños y perjuicios; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia Nº 48/2024 de 02 de mayo, que cursa de fs. 419 a 426, en la que el Juez Público Civil y Comercial 6º de la ciudad de Trinidad, declaró IMPROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria, y PROBADA la reconvención de reivindicación, disponiendo se proceda a la restitución a su propietaria del lote de terreno ubicado en barrio Vaca Medrano, distrito 2, manzano Q, calle 6, con superficie de 478,86 m2, registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula Nº 8011010021296, en el plazo de treinta días de ejecutoriada la Sentencia, más el pago de daños y perjuicios a ser calificados en ejecución de Sentencia.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Julian Ribera Ribera, según escrito de fs. 427 a 429, originó que la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emita el Auto de Vista Nº 288/2024, de 25 de octubre, corriente de fs. 454 a 457 vta., donde se REVOCÓ EN PARTE la Sentencia impugnada, únicamente en cuanto a la condenación de daños y perjuicios, declarando IMPROBADA la misma, sin costas.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Julian Ribera Ribera, según escrito visible de fs. 463 a 466 vta., que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.