CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
Rober Guvy Duran Herrera por memorial de demanda que discurre de fs. 66 a 68, promovió el proceso ordinario de incumplimiento de contrato en contra de Juan Schibly Sabag Talamas, quien una vez citado, según escrito visible de fs. 89 a 94 vta., se apersonó y contestó de manera negativa, reconvino por nulidad de contrato, además de plantear excepción de falta de legitimación activa que surja de los términos de la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 52/2023, de 7 de julio, que cursa de fs. 348 a 350 vta., en la que el Juez Mixto Civil y Comercial, Niñez y Adolescencia, de Partido de Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal 1° de Samaipata, declaro IMPROBADA la demanda sobre incumplimiento de contrato, PROBADA la demanda reconvencional, disponiendo la nulidad de contrato de fecha 11 de octubre de 2019 y PROBADA la excepción de falta de legitimación activa, disponiendo la cancelación de las notaciones preventivas, además se emitió el Auto de 11 julio de 2023 a fs. 354 que realiza una aclaración y complementación realizada por el demandado, disponiendo que el levantamiento de las medidas sea previa ejecutoria de la sentencia.
Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Rober Guvy Duran Herrera según escritos de fs. 356 a 559, originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Domestica y Publica Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 02/2024, de 30 de enero, corriente de fs. 384 a 391 vta., donde se ANULÓ OBRADOS hasta fs. 321 vta., disponiendo que la autoridad reinstale la audiencia preliminar, resuelva la excepción planteada y en su caso de advertir nulidades realice el saneamiento respectivo, además de determinar los hechos y resuelva la causa realizando valoración probatoria de acuerdo a procedimiento y citando las leyes que fundamente su fallo.
En cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal de alzada el Juez A Quo emite el Auto Definitivo N° 144/2024, de 18 de septiembre, cursante a fs. 442 a 444 vta., en el cual declara PROBADA la excepción de falta de legitimación o interés legítimo y en consecuencia se tiene por improponible la demanda.
Resolución recurrida en apelación por Rober Guvy Duran Herrera mediante escrito de fs. 517 a 520 vta. originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Domestica y Publica Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 24/2025, de 20 de febrero, corriente de fs. 540 a 544 vta., donde REVOCÓ el Auto de fecha 18 de septiembre, declarando en el fondo improbada la excepción de falta de legitimación del demandante y ordena al juez de primera instancia proseguir con el proceso hasta dictar la sentencia que corresponda.
Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Juan Schibly Sabag Talamas según escritos visibles de fs. 558 a 561, recurso que e objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
