POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el art. 38.8 de la Ley del Órgano Judicial, los arts. 505 y 507 del CPC, HOMOLOGA la Sentencia de divorcio de 26 de agosto de 2021 dictada por el Magistrado del Distrito de Billinzona de la Confederación Suiza y el Convenio sobre las consecuencias accesorias del divorcio de 28 de mayo de 2018, que es parte inseparable de la sentencia.
Consecuentemente, en aplicación del art. 507.IV del CPC, se ordena su cumplimiento al Juez Público en materia Familiar de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, quien dispondrá la cancelación de la Partida de Matrimonio inscrito en la Oficialía de Registro N° CHE01, Libro N° 1-12 BASILEA, Partida N° 12, Folio N° 12, del departamento de La Paz, Provincia Murillo, Localidad Nuestra Señora de La Paz, con fecha de Partida 8 de junio de 2012. A ese efecto, por secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de la presente Resolución.
Previo desglose adjúntese la documental que cursa de fojas 1 a 25, debiendo quedar en su reemplazo, fotocopias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Romer Saucedo Gómez
PRESIDENTE
Rosmery Ruiz Martínez
DECANA
Primo Martínez Fuentes
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Carlos Eduardo Ortega Sivila
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Fanny Coaquira Rodríguez
MAGISTRADA
Norma Velasco Mosquera
MAGISTRADA
Germán Saúl Pardo Uribe
MAGISTRADO
Dra. Paola Berbetty Von Borries
SECRETARIA DE SALA PLENA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
