Resolución RE/0027/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Resolución RE/0027/2019

Fecha: 08-May-2019

VISTOS EN SALA PLENA:

VISTOS EN SALA PLENA: El memorial que solicita el rechazo de la demanda contenciosa administrativa por no haber sido reencausada al proceso contencioso, los antecedentes procesales y la tramitación del proceso contencioso administrativo interpuesto por Ferroviaria Oriental Sociedad Anónima (FO. S.A), contra el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, que impugna la Resolución Ministerial Nº 247 de 20 de agosto de 2010.

Que, revisado los antecedentes se evidencia de fs. 466 a 468, Sentencia Nº 594/2017 de 22 de agosto, que en su parte resolutiva dispone anular obrados hasta fs. 360 inclusive; es decir hasta el Auto de Admisión inclusive, debiendo la entidad demandante, reconducir su pretensión conforme al art. 775 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Es decir, tratándose de un contrato administrativo con características propias, las controversias que emerjan de dicha relación contractual no se resuelven en la vía civil o contenciosa administrativa, sino mediante un proceso especial denominado Contencioso.

En tal sentido, el efecto anulatorio que contiene la Sentencia Nº 594/2017 de 22 de agosto, conlleva que, reencausado el proceso, tendrá como base jurídica las reglas establecidas para los procesos contenciosos, consecuentemente la Sala Plena del Máximo Tribunal Supremo, ya no conocerá en única instancia tal proceso, sino, sólo ante un eventual recurso de casación, conforme lo dispone la Ley Nº 620, para la tramitación de los procesos contenciosos y contenciosos administrativos. Teniendo conocimiento de que a la fecha reencausado el mismo, se viene tramitando este proceso en alguna de las Salas Especializadas Contenciosas y Contenciosas Administrativas, Sociales y Administrativas de este máximo Tribunal. No correspondiendo ya, ningún pronunciamiento de Sala Plena al respecto.