CONSIDERANDO: De la revisión del proceso, se advierte que el objeto de la demanda cursante
CONSIDERANDO: De la revisión del proceso, se advierte que el objeto de la demanda cursante a fs. 28 a 33, es la impugnación de la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 0688/2014 de 5 de mayo, que confirmó la Resolución de Alzada ARIT-LPZ/RA 0053/2014 de 20 de enero, en consecuencia mantuvo firme y subsistente la Resolución Determinativa N° 00824/2013 de 30 de julio
- RESOLUCIÓN: 37/2019
- FECHA: Sucre, 14 de agosto de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 723/2014
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES: Alfredo Enrique Mendoza Alcoreza contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria
- MAGISTRADO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa de fs
- CONSIDERANDO: De la revisión del proceso, se advierte que el objeto de la demanda cursante
- Ahora bien, conforme a los antecedentes se advierte que el proceso ha cumplido con todas
- En consecuencia, por decreto de 19 de septiembre de 2016 (fs
- Por informe de fs
- Conforme al informe de Secretaria de Sala plena de fs
- Conforme a la revisión de obrados, la señalada conminatoria no fue notificada a la Gerencia
- En consecuencia, por la importancia de contar con los antecedentes administrativos extrañados, es necesario suspender
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de justicia, en ejercicio de sus funciones
- Suspender el plazo para emitir resolución de la presente causa, a partir de la fecha
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
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