POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación de lo dispuesto por el art. 113 del CPC, declara por NO PRESENTADA la solicitud de Homologación de la Sentencia de divorcio dictada en extranjero, interpuesta por Mayra Yvone Torrico de Weng, a través de su apoderada María Ivone Villalba Endara, ordenándose la devolución de antecedentes y el archivo del expediente
- RESOLUCIÓN: 45/2019
- FECHA: Sucre, 28 de agosto de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 34/2019
- PROCESO: Homologación de Sentencia
- PARTES: Mayra Yvone Torrico de Weng contra Wuren Weng
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: De la revisión de los antecedentes del proceso se colige que, la solicitud
- CONSIDERANDO II: Con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica y lograr el cumplimiento obligatorio
- Con este antecedente, siendo atribución del juez o tribunal cuidar que el proceso se desarrolle
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y archívese
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