Principio de Universalidad y No Discriminación
El Principio de Universalidad y No Discriminación es un concepto fundamental en el ámbito jurídico que garantiza que todas las personas, sin importar su origen étnico, religión, género, orientación sexual o cualquier otra característica personal, sean tratadas de manera igualitaria ante la ley. Este principio busca promover la igualdad de derechos y oportunidades para todos los individuos, asegurando que ninguna persona sea objeto de discriminación o exclusión injustificada. En nuestra web de clasificación de jurisprudencia, encontrarás casos y precedentes legales relacionados con este principio, permitiéndote comprender su aplicación en diferentes contextos y contribuyendo así a la construcción de una sociedad más justa
ANEXO INTERVENCIONES AUDIENCIA PÚBLICA
Del mismo modo, se dispuso la puesta
en marcha de procesos participativos de discusión de propuestas con las autoridades
competentes. El documento de balance de los primeros 30 meses de la
implementación del Acuerdo Final, presentado por la Secretaria Técnica del
Componente Internacional del Mecanismo de Verificación, llama la atención
acerca del rezago en esta tarea y sostiene que a pesar de haberse surtido un
proceso amplio de participación, aún no se ha realizado ninguna de las
modificaciones a la Ley 1448 de 2011 sugeridas por las víctimas, como i) la
ampliación del universo de víctimas del conflicto atendiendo a un principio de
universalidad y no discriminación en el reconocimiento de las víctimas; ii) la
vigencia de la ley, la cual está pronta a terminar en 2021, y su articulación
con el proceso de implementación el cual va hasta 2031; y iii) la necesidad de
ajustes en los mecanismos de reparación priorizados.