Principio de Universalidad y No Discriminación

El Principio de Universalidad y No Discriminación es un concepto fundamental en el ámbito jurídico que garantiza que todas las personas, sin importar su origen étnico, religión, género, orientación sexual o cualquier otra característica personal, sean tratadas de manera igualitaria ante la ley. Este principio busca promover la igualdad de derechos y oportunidades para todos los individuos, asegurando que ninguna persona sea objeto de discriminación o exclusión injustificada. En nuestra web de clasificación de jurisprudencia, encontrarás casos y precedentes legales relacionados con este principio, permitiéndote comprender su aplicación en diferentes contextos y contribuyendo así a la construcción de una sociedad más justa

ANEXO INTERVENCIONES AUDIENCIA PÚBLICA

Del mismo modo, se dispuso la puesta en marcha de procesos participativos de discusión de propuestas con las autoridades competentes. El documento de balance de los primeros 30 meses de la implementación del Acuerdo Final, presentado por la Secretaria Técnica del Componente Internacional del Mecanismo de Verificación, llama la atención acerca del rezago en esta tarea y sostiene que a pesar de haberse surtido un proceso amplio de participación, aún no se ha realizado ninguna de las modificaciones a la Ley 1448 de 2011 sugeridas por las víctimas, como i) la ampliación del universo de víctimas del conflicto atendiendo a un principio de universalidad y no discriminación en el reconocimiento de las víctimas; ii) la vigencia de la ley, la cual está pronta a terminar en 2021, y su articulación con el proceso de implementación el cual va hasta 2031; y iii) la necesidad de ajustes en los mecanismos de reparación priorizados.