0009125 NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y CINCO 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9125-2020 [22 de octubre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
0009125 NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y CINCO 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9125-2020 [22 de octubre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18.216 SEBASTIÁN ENRIQUE SALAS CAMPOS EN EL PROCESO PENAL RUC N° 2000776600-K, RIT N° 2539-2020, SEGUIDO ANTE EL DÉCIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO VISTOS: A fojas 1, Sebastián Enrique Salas Campos deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 2000776600-K, RIT N° 2539-2020, seguido ante el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago. Síntesis de la gestión pendiente El requirente se encuentra formalizado como autor de los delitos de porte ilegal de arma de fuego y amenazas simples. 1
- 0009125 NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y CINCO 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9125-2020 [22 de octubre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
- 0009126 NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y SEIS Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el artículo 1° de la Constitución Política
- 0009127 NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y SIETE Vista de la causa y acuerdo Con fecha 8 de octubre de 2020 se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el relator, quedando adoptado el acuerdo con la misma fecha
- 0009128 NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y OCHO SEGUNDO CAPÍTULO IMPUGNACIÓN ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY N° 18
- 0009129 NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y NUEVE sanción, que a su vez se impone en forma sustitutiva a la pena privativa de la libertad, pudiendo ser revocada en el evento de ser incumplida
- 0009130 NUEVE MIL CIENTO TREINTA sustitutivas recurriendo, como criterio ineludible, al quantum de la pena concreta (reflejo, a su vez, de la pena abstracta ajustada – en términos simples – por el grado de culpabilidad del responsable)
- 0009131 NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y UNO DISIDENCIA Acordada con el voto en contra de los Ministros señor GONZALO GARCÍA PINO y señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, quienes estuvieron por rechazar el requerimiento deducido, teniendo presente las siguientes consideraciones: 1°
- 0009132 NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y DOS 5°
- 0009133 NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y TRES 11°
- 0009134 NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO PREVENCIÓN El Ministro señor RODRIGO PICA FLORES previene que estuvo por acoger la impugnación al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
- 0009135 NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CINCO 6°
