0000174 CIENTO SETENTA Y CUATRO Redactaron la sentencia las señoras y los señores Ministros que la suscriben
0000174 CIENTO SETENTA Y CUATRO Redactaron la sentencia las señoras y los señores Ministros que la suscriben. Comuníquese, notifíquese, regístrese y archívese. Rol N° 8847-20-INA. P ronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL, por sus Ministros señores IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA y JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y señores MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ y RODRIGO PICA FLORES. Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. 24
- 0000151 CIENTO CINCUENTA Y UNO 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 8847-2020 [3 de noviembre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
- 0000152 CIENTO CINCUENTA Y DOS Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el artículo 1° de la Constitución Política
- 0000153 CIENTO CINCUENTA Y TRES Vista de la causa y acuerdo Con fecha 30 de julio de 2020 se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el relator, quedando adoptado el acuerdo con la misma fecha
- 0000154 CIENTO CINCUENTA Y CUATRO constitucionales
- 0000155 CIENTO CINCUENTA Y CINCO reclusión parcial o la libertad vigilada intensiva
- 0000156 CIENTO CINCUENTA Y SEIS y faltas (
- 0000157 CIENTO CINCUENTA Y SIETE principio de proporcionalidad ni a la igualdad y que hay límites en sede constitucional para realizar el examen de proporcionalidad propio del juez penal; DECIMOQUINTO
- 0000158 CIENTO CINCUENTA Y OCHO base del principio de culpabilidad
- 0000159 CIENTO CINCUENTA Y NUEVE DISIDENCIAS Acordado el rechazo del requerimiento respecto del inciso segundo del artículo 17 B de la Ley N° 17
- 0000160 CIENTO SESENTA incorporando las nuevas reglas dentro del propio Código Penal
- 0000161 CIENTO SESENTA Y UNO 2°
- 0000162 CIENTO SESENTA Y DOS sufrir una persona
- 0000163 CIENTO SESENTA Y TRES sustitutivas, en línea de principio, tiene racionalidad
- 0000164 CIENTO SESENTA Y CUATRO 3°
- 0000165 CIENTO SESENTA Y CINCO El Ministro señor RODRIGO PICA FLORES estuvo por rechazar la impugnación al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
- 0000166 CIENTO SESENTA Y SEIS constitucionalidad se hace a la luz de la razonabilidad y justificación de los mismos, un examen que al referirse a la política criminal ha de estar marcado por la deferencia razonada al legislador y por el reconocimiento del amplio campo de decisión regulatoria del legislador en materia de la reserva de ley de penas, enmarcado en lo que se razona en el considerando 2° del presente voto
- 0000167 CIENTO SESENTA Y SIETE PREVENCIONES Los Ministros señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL (Presidenta) y, señores JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN y CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, previenen que estuvieron igualmente por el rechazo del requerimiento respecto de la impugnación del artículo 17 B de la Ley N° 17
- 0000168 CIENTO SESENTA Y OCHO aplique al caso concreto no sobrepase el límite o rango (inferior o superior) establecido en la ley
- 0000169 CIENTO SESENTA Y NUEVE del Código Penal referido a los delitos contra la propiedad (2016) y el nuevo delito de colusión en el ámbito de la Libre Competencia (2016)
- 0000170 CIENTO SETENTA este artículo en particular, a diferencia del primero de los preceptos objetados) éstos no parecen provenir de una supuesta ausencia de racionalidad en la justificación proporcionada; 6°
- 0000171 CIENTO SETENTA Y UNO las agravantes y, por el otro, como elemento de apoyo, asumiendo un supuesto difícil de probar más allá de una apreciación intuitiva, esto es, sostener que la práctica judicial ha sido “benevolente” en la aplicación de las penas; 9°
- 0000172 CIENTO SETENTA Y DOS Constitución
- 0000173 CIENTO SETENTA Y TRES 13°
- 0000174 CIENTO SETENTA Y CUATRO Redactaron la sentencia las señoras y los señores Ministros que la suscriben
