Sentencia Rol 9379 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9379 - 2020

Fecha: 12-Nov-2020

0000053 CINCUENTA Y TRES b) Aplicación de atenuantes generales y de otros elementos específicos de graduación de la pena que finalmente la rebajen sustancialmente

0000053 CINCUENTA Y TRES b) Aplicación de atenuantes generales y de otros elementos específicos de graduación de la pena que finalmente la rebajen sustancialmente. c) Absolución parcial en caso de que la imputación y la proyección de penas haya obedecido a un concurso de delitos. 10°. De esa forma, queda claro que hay una serie de factores ajenos a la competencia de este Tribunal, y que pueden concurrir incluso después de la sentencia de inaplicabilidad, que pueden hacer errada una pretendida “proyección de pena”, la cual no es labor de esta Magistratura, a la que le corresponde más bien evaluar si la preceptiva impugnada podría recibir aplicación o no en la gestión pendiente, si la misma podría o no resultar decisiva y si produciría o no un efecto contrario a la Constitución. 11°. Por lo anteriormente expuesto, no obstante que al momento de requerirse de inaplicabilidad pueda parecer que un imputado será finalmente condenado a una pena superior a 5 años de privación de libertad, existe también la posibilidad de que la pena sea menor y en ese caso cobran vigencia todos los argumentos por acoger y se desvirtúa el fundamento de rechazo que partió de la base de una supuesta condena segura a más de 5 años, que finalmente no puede no verificarse. 12°. En este sentido, el presente voto acoge el requerimiento de inaplicabilidad en lo relativo al artículo 1° de la Ley N° 18.216, bajo la posibilidad que el requirente sea condenado a una pena inferior a 5 años y solamente para ese caso. Conclusión de rechazo 13°. En conclusión, cabe mencionar que no se aportan elementos que permitan configurar una duda razonable acerca de que la pena sería demasiado elevada en relación con la relevancia social del hecho, ni tampoco se vislumbra una pena inhumana ni degradante, ni menos presidio por derecho penal de autor ni tampoco delitos de conciencia. No se vislumbra tampoco una pena de cárcel por un hecho que no tenga relevancia social o que no tenga perjuicios a terceros o a bienes jurídicos de relevancia social. En efecto, para acoger de esta impugnación debe presuponerse que las conductas imputadas son inofensivas e inocuas y que no tienen relevancia como para ser penalizadas. Redactaron la sentencia las señoras y los señores Ministros que la suscriben. Comuníquese, notifíquese, regístrese y archívese. Rol N° 9379-20-INA. 12