0000054 CINCUENTA Y CUATRO Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el País
0000054 CINCUENTA Y CUATRO Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el País. Se certifica que el Ministro señor DOMINGO HERNÁNDEZ EMPARANZA concurre al acuerdo y fallo, pero no firma por haber cesado en el ejercicio de su cargo. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. 12
- 0000043 CUARENTA Y TRES 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7446-2019 [2 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
- 0000044 CUARENTA Y CUATRO b) Reclusión parcial
- 0000045 CUARENTA Y CINCO Síntesis de la gestión pendiente
- 0000046 CUARENTA Y SEIS Admisión a trámite, admisibilidad y observaciones de fondo al requerimiento
- 0000047 CUARENTA Y SIETE Constitución
- 0000048 CUARENTA Y OCHO propender a infligir el mal por sí mismo o el mero sufrimiento de aquel miembro de la sociedad que infringió la ley
- 0000049 CUARENTA Y NUEVE quantum de la pena
- 0000050 CINCUENTA SE RESUELVE: I
- 0000051 CINCUENTA Y UNO 3°
- 0000052 CINCUENTA Y DOS 9°
- 0000053 CINCUENTA Y TRES porque si los delitos tienen determinadas penas, las medidas dirigidas a su aplicación real lo que hacen es centrar el debate en la pena y no en su modalidad de ejecución
- 0000054 CINCUENTA Y CUATRO Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el País
