0000057 CINCUENTA Y SIETE Notificaciones TC (OFS) De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional
0000057 CINCUENTA Y SIETE Notificaciones TC (OFS) De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional.cl <[email protected]> jueves, 2 de abril de 2020 18:19 [email protected]; [email protected] Comunica Sentencia y alza de suspensión -Rol 7489-19 27673_1.pdf Señor Alex Ruz Rubio, por el requirente: Adjunto y remito a usted sentencia dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 7489-19-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Víctor Andrés Abarca Muñoz respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley Nº 18.216, en el proceso penal RUC N° 1800054102-4, RIT N° 420-2019, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua. P ara su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente, S ecretaria Abogado s [email protected] Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1
- 0000045 CUARENTA Y CINCO 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7489-2019 [2 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
- 0000046 CUARENTA Y SEIS b) Reclusión parcial
- 0000047 CUARENTA Y SIETE Síntesis de la gestión pendiente
- 0000048 CUARENTA Y OCHO Admisión a trámite, admisibilidad y observaciones de fondo al requerimiento
- 0000049 CUARENTA Y NUEVE circunstancia, como resulta obvio, las sentencias han de ser igualmente análogas cumpliendo los parámetros esenciales del numeral 2° del artículo 19 de la Constitución
- 0000050 CINCUENTA hecho de que la pena es, básicamente, privación o restricción de derechos personales o de bienes protegidos por la norma jurídica, la acción punitiva del Estado no debe propender a infligir el mal por sí mismo o el mero sufrimiento de aquel miembro de la sociedad que infringió la ley
- 0000051 CINCUENTA Y UNO En las sentencias ya enunciadas, esta Magistratura ha estimado que cualquiera sea el medio que el legislador utilice para incrementar la punición de una conducta delictiva, éste no puede prescindir de la gravedad del delito expresado a través del quantum de la pena
- 0000052 CINCUENTA Y DOS SE RESUELVE: I
- 0000053 CINCUENTA Y TRES por la Constitución al primero, como una de las materias de ley, tanto en la determinación de las reglas penales como procesales penales (artículo 63, numeral 3° de la Constitución), sino que también por cuestiones sustantivas, ya que la intervención del legislador es el mecanismo de garantía normativa que permitió salir de la discrecionalidad administrativa en la configuración del injusto punitivo en una sociedad; 4°
- 0000054 CINCUENTA Y CUATRO mismo modo, el número 3 del mismo artículo prescribe que “[e]l régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados
- 0000055 CINCUENTA Y CINCO principio de legalidad de las penas, pues sólo limita la discrecionalidad del juez y obliga aplicar la pena determinada por la ley; 14°
- 0000056 CINCUENTA Y SEIS Se certifica que el Ministro señor DOMINGO HERNÁNDEZ EMPARANZA concurre al acuerdo y fallo, pero no firma por haber cesado en el ejercicio de su cargo
- 0000057 CINCUENTA Y SIETE Notificaciones TC (OFS) De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional
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- 0000060 SESENTA Notificaciones TC (OFS) De: Enviado el: Para: CC: Asunto: Datos adjuntos: tribunalconstitucional
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