0000033 TREINTA Y TRES 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7886-2019 [2 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
0000033 TREINTA Y TRES 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7886-2019 [2 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18.216 MANUEL JOSÉ GUZMÁN FARÍAS EN EL PROCESO PENAL RUC N° 1801230084-7, RIT N° 485-2018, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA DE LITUECHE VISTOS: Con fecha 29 de noviembre de 2019, Manuel José Guzmán Farías deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley Nº 18.216, en el proceso penal RUC N° 1801230084- 7, RIT N° 485-2018, seguido ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Litueche. Precepto legal cuya aplicación se impugna. El texto del precepto legal impugnado dispone: “Ley N° 18.216. Título Preliminar. Artículo 1°.- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. 1
- 0000033 TREINTA Y TRES 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7886-2019 [2 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
- 0000034 TREINTA Y CUATRO c) Libertad vigilada
- 0000035 TREINTA Y CINCO Síntesis de la gestión pendiente
- 0000036 TREINTA Y SEIS Admisión a trámite, admisibilidad y observaciones de fondo al requerimiento
- 0000037 TREINTA Y SIETE Constitución
- 0000038 TREINTA Y OCHO propender a infligir el mal por sí mismo o el mero sufrimiento de aquel miembro de la sociedad que infringió la ley
- 0000039 TREINTA Y NUEVE la pena
- 0000040 CUARENTA SE RESUELVE: I
- 0000041 CUARENTA Y UNO 3°
- 0000042 CUARENTA Y DOS humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”, y del mismo modo, el número 3 del mismo artículo prescribe que “[e]l régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados
- 0000043 CUARENTA Y TRES estas modalidades de ejecución satisface el principio de legalidad de las penas, pues sólo limita la discrecionalidad del juez y obliga aplicar la pena determinada por la ley; 14°
- 0000044 CUARENTA Y CUATRO Se certifica que el Ministro señor DOMINGO HERNÁNDEZ EMPARANZA concurre al acuerdo y fallo, pero no firma por haber cesado en el ejercicio de su cargo
