0000041 CUARENTA Y UNO 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7998-2019 [8 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
0000041 CUARENTA Y UNO 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7998-2019 [8 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18.216 TOMÁS ALEJANDRO LETELIER MUÑOZ EN EL PROCESO PENAL RUC N°1900370059-6, RIT N° 2069-2019, SEGUIDO ANTE EL DECIMOQUINTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO VISTOS: Con fecha 16 de diciembre de 2019, Tomás Alejandro Letelier Muñoz deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley Nº 18.216, en el proceso penal RUC N°1900370059- 6, RIT N° 2069-2019, seguido ante el Decimoquinto Juzgado de Garantía de Santiago. Precepto legal cuya aplicación se impugna. El texto del precepto legal impugnado dispone: “Ley N° 18.216. Título Preliminar. Artículo 1°.- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. 1
- 0000041 CUARENTA Y UNO 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 7998-2019 [8 de abril de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
- 0000042 CUARENTA Y DOS c) Libertad vigilada
- 0000043 CUARENTA Y TRES Síntesis de la gestión pendiente
- 0000044 CUARENTA Y CUATRO Admisión a trámite, admisibilidad y observaciones de fondo al requerimiento
- 0000045 CUARENTA Y CINCO Constitución
- 0000046 CUARENTA Y SEIS propender a infligir el mal por sí mismo o el mero sufrimiento de aquel miembro de la sociedad que infringió la ley
- 0000047 CUARENTA Y SIETE la pena
- 0000048 CUARENTA Y OCHO SE RESUELVE: I
- 0000049 CUARENTA Y NUEVE 3°
- 0000050 CINCUENTA humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”, y del mismo modo, el número 3 del mismo artículo prescribe que “[e]l régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados
- 0000051 CINCUENTA Y UNO estas modalidades de ejecución satisface el principio de legalidad de las penas, pues sólo limita la discrecionalidad del juez y obliga aplicar la pena determinada por la ley; 14°
