Sentencia Rol 8451 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8451 - 2020

Fecha: 20-May-2020

0000036 TREINTA Y SEIS 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 8451-2020 [20 de mayo de 2020] ____________ WALTER MANUEL REGNER EN EL PROCESO PENAL RUC N° 2000109784-K, RIT Nº 254-2020, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ANDES VISTOS: Con fecha 4 de marzo de 2020, Walter Manuel Regner, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18

0000036 TREINTA Y SEIS 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 8451-2020 [20 de mayo de 2020] ____________ WALTER MANUEL REGNER EN EL PROCESO PENAL RUC N° 2000109784-K, RIT Nº 254-2020, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ANDES VISTOS: Con fecha 4 de marzo de 2020, Walter Manuel Regner, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 2000109784-K, RIT Nº 254-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de Los Andes. Síntesis de la gestión pendiente El requirente señala que ha sido formalizado por delito de porte ilegal de arma de fuego prohibida, encontrándose vigente la indagatoria fiscal. Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el artículo 1° de la Constitución Política. Al establecer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se tiene que ningún ser humano es más que otro, dado que la igualdad como valor constitucional se torna en una opción ético social básica que el Estado debe propugnar y concretar, cuestión que no se materializaría al establecer la pena privativa de libertad como única opción a aplicar por el juzgador oral. Acto seguido, la aplicación de las normas contraviene el principio de igualdad ante la ley, establecido en el artículo 19, numeral 2°, constitucional, concretizado en el valor de la no discriminación. Se prohíbe la existencia de estatutos legales con derechos y 1