0000044 CUARENTA Y CUATRO 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 8588-2020 [28 de mayo de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
0000044 CUARENTA Y CUATRO 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 8588-2020 [28 de mayo de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18.216 CLAUDIO ANDRÉS CATRIL ARIAS EN EL PROCESO PENAL RUC N° 1900082391-3, RIT N° 2818-2019, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO VISTOS: Con fecha 3 de abril de 2020, Claudio Andrés Catril Arias, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216, en el proceso penal RUC N° 1900082391-3, RIT N° 2818-2019, seguido ante el Juzgado de Garantía de Puente Alto. Síntesis de la gestión pendiente En relación con la gestión judicial en que incide el requerimiento, el actor refiere que ha sido acusado por delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, tenencia ilegal de arma de fuego, y receptación de especies, encontrándose pendiente audiencia de preparación de juicio oral. Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el artículo 1° de la Constitución Política. Al establecer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se tiene que ningún ser humano es más que otro, dado que la igualdad 1
- 0000044 CUARENTA Y CUATRO 2020 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE ____________ Sentencia Rol 8588-2020 [28 de mayo de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
- 0000045 CUARENTA Y CINCO como valor constitucional se torna en una opción ético social básica que el Estado debe propugnar y concretar, cuestión que no se materializaría al establecer la pena privativa de libertad como única opción a aplicar por el juzgador oral
- 0000046 CUARENTA Y SEIS Y CONSIDERANDO: PRIMERO
- 0000047 CUARENTA Y SIETE no constituye un derecho absoluto del Estado sobre la persona del imputado
- 0000048 CUARENTA Y OCHO derechos de los delincuentes, los derechos de las víctimas y el interés de la sociedad en la seguridad pública; 6°
- 0000049 CUARENTA Y NUEVE VOTOS POR RECHAZAR El Ministro señor GONZALO GARCÍA PINO, y la Ministra señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, estuvieron por rechazar la impugnación al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
- 0000050 CINCUENTA 5°
- 0000051 CINCUENTA Y UNO 11°
- 0000052 CINCUENTA Y DOS El Ministro señor NELSON POZO SILVA concurre al rechazo de la impugnación formulada al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
- 0000053 CINCUENTA Y TRES se representa como consecuencia jurídica (o efecto jurídico) de la acción misma (causa jurídica, hecho jurídico) y conlleva una relación entre el Estado y el imputado
- 0000054 CINCUENTA Y CUATRO Carta Magna nacional contempla otros límites más específicos
- 0000055 CINCUENTA Y CINCO junio de 2012, que modificó el concepto de medidas “alternativas” por “sustitutivas”, obviamente debe ser comprensivo de la noción de que estamos en presencia de una nueva manera o forma de penalización; 9°
- 0000056 CINCUENTA Y SEIS IV
- 0000057 CINCUENTA Y SIETE 3°
- 0000058 CINCUENTA Y OCHO 4°
- 0000059 CINCUENTA Y NUEVE 11°
- 0000060 SESENTA relación con la relevancia social del hecho, ni tampoco se vislumbra una pena inhumana ni degradante, ni menos presidio por derecho penal de autor ni tampoco delitos de conciencia
- 0000061 SESENTA Y UNO CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA Y JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y señores MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y RODRIGO PICA FLORES
