0000061 SESENTA Y UNO por el Tribunal competente en lo penal, y no por esta Magistratura al confrontar la regla cuestionada con la Constitución
0000061 SESENTA Y UNO por el Tribunal competente en lo penal, y no por esta Magistratura al confrontar la regla cuestionada con la Constitución. Redactaron la sentencia las señoras y los señores Ministros que la suscriben. Comuníquese, notifíquese, regístrese y archívese. Rol N° 9597-20-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL, y por sus Ministros señores IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA, JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y señores MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ y RODRIGO PICA FLORES. Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. 8
- 0000054 CINCUENTA Y CUATRO 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9597-2020 [8 de marzo de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
- 0000055 CINCUENTA Y CINCO Traídos los autos en relación, se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el Relator, quedando adoptado el acuerdo y la causa en estado de sentencia
- 0000056 CINCUENTA Y SEIS previos en torno a requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, por lo que no resulta necesario reiterar en su integridad las argumentaciones que sirvieron para acoger la impugnación que la parte requirente efectúa al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
- 0000057 CINCUENTA Y SIETE existencia contra los hechos dañosos de los sujetos que cometen ilícitos
- 0000058 CINCUENTA Y OCHO equilibrio entre los derechos de los delincuentes, los derechos de las víctimas y el interés de la sociedad en la seguridad pública; NOVENO
- 0000059 CINCUENTA Y NUEVE impugnación formulada por la parte requirente al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
- 0000060 SESENTA se tiene, en la especie, un trato discriminatorio propiamente tal que vulnere la igualdad ante la ley
- 0000061 SESENTA Y UNO por el Tribunal competente en lo penal, y no por esta Magistratura al confrontar la regla cuestionada con la Constitución
