0000090 NOVENTA 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9959-2020 [16 de abril de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
0000090 NOVENTA 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9959-2020 [16 de abril de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18.216 VISTOS: Requerimiento, norma impugnada, gestión judicial en que incide y tramitación A fojas 1, con fecha 18 de diciembre de 2020, Pedro Pablo Rojas López, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley Nº 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley Nº 17.798, en el proceso penal RUC N° 2000681003-K, RIT N° 3336-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de San Antonio. El requirente se encuentra imputado por delitos de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, porte ilegal de arma de fuego, municiones y atentado a la salubridad pública. El requerimiento se acogió a trámite y declaró admisible parcialmente por la respectiva Sala de este Tribunal Constitucional, oportunidad procesal en que fue decretada la suspensión del procedimiento en la gestión judicial en que incide. Conferidos los traslados sobre el fondo a los órganos constitucionales interesados, así como a las demás partes de la gestión pendiente, fue evacuada presentación por el Ministerio Público, solicitando el rechazo del requerimiento, en razón de que el actor no cumple con los requisitos previstos en normas no impugnadas de la Ley N° 18.216, para acceder a penas sustitutivas. 1
- 0000090 NOVENTA 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9959-2020 [16 de abril de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
- 0000091 NOVENTA Y UNO Traídos los autos en relación, se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el Relator, quedando adoptado el acuerdo y la causa en estado de sentencia
- 0000092 NOVENTA Y DOS SEGUNDO
- 0000093 NOVENTA Y TRES En tal sentido, y como consideración inicial, se sostiene que dicho derecho a punir corresponde no sólo al Estado, sino a la sociedad para la defensa de la propia existencia contra los hechos dañosos de los sujetos que cometen ilícitos
- 0000094 NOVENTA Y CUATRO régimen carcelario
- 0000095 NOVENTA Y CINCO impugnación formulada por la parte requirente al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
- 0000096 NOVENTA Y SEIS se tiene, en la especie, un trato discriminatorio propiamente tal que vulnere la igualdad ante la ley
- 0000097 NOVENTA Y SIETE Así, no puede considerarse discriminatorio ni carente de razonabilidad legislativa que el legislador establezca formas de presidio efectivo en delitos por violencia de género, uso de armas prohibidas o robadas, tráfico ilícito o producción de drogas o sustancias estupefacientes, entre otros, motivo por el cual el requerimiento debe ser rechazado
