0000026 VEINTE Y SEIS 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9973-2020 [8 de abril de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
0000026 VEINTE Y SEIS 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9973-2020 [8 de abril de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18.216 VISTOS: Requerimiento, norma impugnada, gestión judicial en que incide y tramitación A fojas 1, Diego Andrés Gaete Cáceres deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 2001053183-8, RIT N° 3983-2020, seguido ante el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago. El requirente se encuentra imputado por el delito de porte ilegal de arma de fuego prohibida. El requerimiento se acogió a trámite y declaró admisible por la respectiva Sala de este Tribunal Constitucional, oportunidad procesal en que fue decretada la suspensión del procedimiento en la gestión judicial en que incide. Conferidos los traslados sobre el fondo a los órganos constitucionales interesados así como a las demás partes de la gestión pendiente, no fueron evacuadas presentaciones. Traídos los autos en relación, se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el Relator, quedando adoptado el acuerdo y la causa en estado de sentencia. 1
- 0000026 VEINTE Y SEIS 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9973-2020 [8 de abril de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
- 0000027 VEINTE Y SIETE Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia la norma cuestionada contraviene el artículo 1° de la Constitución
- 0000028 VEINTE Y OCHO TERCERO
- 0000029 VEINTE Y NUEVE las normas constitucionales deben interpretarse a partir de criterios sistemáticos y teleológicos, no exclusivamente literales o gramaticales; SEXTO
- 0000030 TREINTA DÉCIMO
- 0000031 TREINTA Y UNO SE RESUELVE: I
- 0000032 TREINTA Y DOS 2°
- 0000033 TREINTA Y TRES la ley; que la política criminal la fija el legislador dentro de los límites constitucionales; que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos establece límites para la política criminal pero no crea derechos a penas sustitutivas; que no existe en nuestro ordenamiento un derecho subjetivo de los condenados en un proceso penal a la aplicación de una pena sustitutiva; que no se puede impugnar la aplicación efectiva de las penas sin cuestionar la estructura punitiva de todo el sistema penal; y, que no se tiene, en la especie, un trato discriminatorio propiamente tal que vulnere la igualdad ante la ley
- 0000034 TREINTA Y CUATRO que constituye la imputación, posibilitando que, en el análisis constitucional, la disposición en examen no sea desproporcionada ni cercene la igualdad ante la ley
