RESUELVE
PRIMERO. ACUMULAR los conflictos aparentes de competencia entre jurisdicciones CJU-6903, CJU-6904 y CJU-6907 por presentar unidad de materia.
SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para resolver los conflictos aparentes de competencia entre jurisdicciones suscitados entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 001 Administrativo de la misma ciudad, correspondientes a los expedientes CJU-6903, CJU-6904 y CJU-6907.
TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR los expedientes CJU-6903, CJU-6904 y CJU-6907 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 001 Administrativo de la misma ciudad y a los demás interesados.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase,
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
