Auto Constitucional A 027/20
Corte Constitucional de Colombia

Auto Constitucional A 027/20

Fecha: 05-Feb-2020

IV. DECISIÓN

Con base en las anteriores consideraciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional,

RESUELVE

PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTOS el auto del 6 de noviembre de 2019, proferido por el Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Conocimiento de Tuluá, dentro de la acción de tutela formulada por Mario Augusto Henao Maya en contra de Reintegra S.A.S.

SEGUNDO.- REMITIR el expediente ICC-3790, que contiene la acción de tutela presentada por Mario Augusto Henao Maya en contra de Reintegra S.A.S., al Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Conocimiento de Tuluá, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

TERCERO.- ADVERTIR al Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Conocimiento de Tuluá que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.

CUARTO.- Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a los Juzgados Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Pereira y Primero Civil Municipal de Santa Rosa de Cabal y a la parte accionante, la decisión adoptada en esta providencia.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO

Presidenta

CARLOS BERNAL PULIDO

Magistrado

DIANA FAJARDO RIVERA

Magistrada

Ausente con excusa

LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ

Magistrado

ALEJANDRO LINARES CANTILLO

Magistrado

ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO

Magistrado

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Magistrada

JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS

Magistrado

ALBERTO ROJAS RÍOS

Magistrado

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General