AAN 10055/2021
Poder Judicial España

AAN 10055/2021

Fecha: 28-Dic-2021

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Al haberse reconocido extraprocesalmente en vía administrativa las pretensiones del recurrente, sin infringir tal reconocimiento el ordenamiento jurídico, por extinción de su objeto, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 76.2 de la Ley Jurisdiccional, procede declarar terminado el presente procedimiento ordenando su archivo.
PARTE DISPOSITIVA
LA SALA, por y ante mí, la Letrada de la Administración de Justicia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ACUERDA:
- Declarar terminado el presente procedimiento por reconocimiento total en vía administrativa de las pretensiones de la parte recurrente, y se acuerda el archivo de las actuaciones, una vez conste la firmeza de la presente resolución , sin que haya lugar al pronunciamiento sobre costas.
- Unir certificación literal al recurso y el original al libro registro correspondiente.
MODO DE IMPUGNACIÓN:
Recurso de reposición en el plazo de CINCO DÍAS desde la notificación, que deberá ser interpuesto ante este mismo Órgano Judicial. Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos./Ilmas. Sres./Sras. al margen citados; doy fe.