AAN 10082/2021
Poder Judicial España

AAN 10082/2021

Fecha: 28-Dic-2021

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Para el correcto análisis de la cuestión planteada es necesario el conocimiento de los siguientes hechos: La representación procesal de D. Emiliano , interpuso el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ministerio del Interior de 6 de agosto de 2020, denegatoria de la protección internacional solicitada.
SEGUNDO: Por la representación de la actora se argumentó en su escrito de demanda la necesidad de adoptar la medida cautelar de suspensión con el siguiente razonamiento: 1. El recurrente es de origen pakistaní y profesa una ideología contraria al partido político que gobierna Pakistán. 2.Por ello que ha tenido unas represalias en su país cuyo origen fue una discusión ocurrida en su establecimiento de joyería, entre dos personas de ideologías y partidos políticos opuestos que derivó en una agresión física con resultado de muerte de uno de ellos. 3.El recurrente ha sufrido amenazas de muerte por parte de las familias de las dos personas implicadas en la muerte referida, amenazas que no sólo se dirigían a él, sino también a miembros de su familia, quedando más que acreditada la persecución por el Estado pakistaní, que no le dispensa la debida protección, como principal agente perseguidor por omisión al coincidir la ideología política y partidista de las personas que ocasionaron la muerte con la del partido político actualmente en el Gobierno de Pakistán. 4. Solicita la suspensión del acto impugnado conforme al artículo 130 de la LJCA, y conforme al artículo 129.1 del mismo cuerpo legal 5. En caso contrario, la ulterior concesión del asilo podría quedar vacía de contenido, solicitando que la medida cautelar impida su devolución o expulsión de la persona. Invoca el artículo 24 de la Constitución Española y la Ley 12/2009.
TERCERO: La Administración demandada se opuso a la adopción de la medida cautelar.
CUARTO: Ha intervenido como ponente el magistrado Ilmo. Sr. D. Santiago Soldevila Fragoso.