Roj: AAN 9970/2021 - ECLI:ES:AN:2021:9970A
Id Cendoj: 28079220042021200453
Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
Sede: Madrid
Sección: 4
Fecha: 28/12/2021
Nº de Recurso: 697/2021
Nº de Resolución: 745/2021
Procedimiento: Recurso de apelación. Auto
Ponente: CARMEN PALOMA GONZALEZ PASTOR
Tipo de Resolución: Auto
AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 4
MADRID
ROLLO 697/21
PROCEDIMIENTO DE ORDEN DE DETENCIÓN Y ENTREGA EUROPEA 184/21
JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 5
ILMOS SRES:
Dª ANGELA MURILLO BORDALLO
Dª CARMEN-PALOMA GONZALEZ PASTOR (Ponente)
D FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
AUTO: 00745/2021
En Madrid, a veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
UNICO.- Por el Juzgado Central de Instrucción nº 5, se encuentra en trámite el procedimiento de Orden Europea de Detención y Entrega 184/21 a instancia de las autoridades de Bélgica con respecto del ahora recurrente Blas , reclamado para su enjuiciamiento por delito de asesinato de conformidad con la orden de detención emitida el 01/12/2020, y que dio lugar a que se dictara auto el 24/11/2021 que acordaba su prisión. Notificada la indicada resolución se interpuso recurso de apelación que fue admitió en un solo efecto, de modo que evacuado el trámite del Ministerio Fiscal y formada la pieza, se remitió a esta sección formándose el rollo 697/21. Mediante escrito del letrado del reclamado de 20/12/2021 se puso en conocimiento del tribunal la renuncia del reclamado al recurso de apelación como consecuencia de haber aceptado la entrega a favor de las autoridades judiciales reclamantes, quedando los autos pendientes de dictar la oportuna resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
UNICO.- Como se ha indicado con anterioridad, el letrado del reclamado ha puesto en conocimiento de este tribunal su renuncia al recurso de apelación presentado frente al auto de 24/11/2021 que decretó su prisión, tras haber aceptado ser entregado a las autoridades reclamantes, lo que deja sin contenido el recurso inicialmente presentado. En consecuencia, y en base a lo expuesto, no ha lugar a resolver sobre el recurso de apelación inicialmente presentado y después renunciado frente a la situación de prisión provisional del reclamado.
PARTE DISPOSITIVA
LA SALA ACUERDA: No haber lugar a resolver sobre la situación de prisión provisional del reclamado Blas acordada en auto de 24/11/2021 dictado por el juzgado central de instrucción nº 5 al haberse renunciado a la interposición del recurso. Contra esta resolución no cabe recurso alguno ordinario. Así por este auto, lo acordamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.