FALLAMOS
Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Raquel Nieto Bolaños en nombre y representación de D. Aureliano contra la resolución de fecha 26 de agosto de 2019, dictada por el Subsecretario de Interior actuando por delegación del Ministro del Interior, desestimatoria de la solicitud de concesión de asilo y protección subsidiaria presentada por el recurrente, así como contra la de 29 de agosto siguiente, denegatoria de la petición de reexamen, por ser tales resoluciones ajustadas a Derecho. Con expresa imposición de costas, que no podrán exceder de 1.500 euros, a la parte actora. Así por esta nuestra Sentencia que mandamos y firmamos, y que se notificará en la forma prevenida por el art. 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que es susceptible de recurso de casación que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación; en el escrito de preparación del recurso deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2. de la Ley de la Jurisdicción justificando el interés casacional objetivo que presenta. Lo que pronunciamos, mandamos y firmamos.