PARTE DISPOSITIVA
LA SALA, por y ante mí, la Letrado de la Administración de Justicia,
ACUERDA: 1.º No apreciar la concurrencia de circunstancias de especial urgencia y, por consiguiente, no adoptar medida alguna al amparo del artículo 135 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con la solicitud formulada por D. Alexander y sus hijos Zaira y Abelardo . 2.º Acordar la incoación de la pieza separada de medidas cautelares conforme al artículo 131 de la Ley reguladora de esta Jurisdicción. MODO DE IMPUGNACIÓN: No cabe recurso
