HECHOS
PRIMERO. El recurso de casación que ahora conocemos es sustancialmente idéntico a los recursos de
casación núm. 3290/2019 y 3734/2019, ya vistos por esta Sección de Admisión, al coincidir las cuestiones
jurídicas planteadas en el recurso contencioso-administrativo, la razón de decidir de la sentencia y los
argumentos del escrito de preparación.
SEGUNDO. Ha comparecido ante esta Sala, la Letrada de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, en
calidad de parte recurrente, y D.ª Pilar , en concepto de parte recurrida, sin formular oposición a la admisión
del presente recurso.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero, Magistrado de la Sala.
casación núm. 3290/2019 y 3734/2019, ya vistos por esta Sección de Admisión, al coincidir las cuestiones
jurídicas planteadas en el recurso contencioso-administrativo, la razón de decidir de la sentencia y los
argumentos del escrito de preparación.
SEGUNDO. Ha comparecido ante esta Sala, la Letrada de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, en
calidad de parte recurrente, y D.ª Pilar , en concepto de parte recurrida, sin formular oposición a la admisión
del presente recurso.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero, Magistrado de la Sala.