AAN 22/2022
Poder Judicial España

AAN 22/2022

Fecha: 03-Ene-2022

FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO

Al haberse reconocido extraprocesalmente en vía administrativa las pretensiones del recurrente, sin infringir tal reconocimiento el ordenamiento jurídico, por extinción de su objeto, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 76.2 de la Ley Jurisdiccional, procede declarar terminado el presente procedimiento y ordenando su archivo.
PARTE DISPOSITIVA
LA SALA, por y ante mí, la Letrada de la Administración de Justicia, siendo Ponente Ilma. Sra. Magistrada Dña. BERTA SANTILLÁN PEDROSA, ACUERDA: - Declarar terminado el presente procedimiento por reconocimiento total en vía administrativa de las pretensiones de la parte recurrente, y se acuerda el archivo de las actuaciones, previa devolución del expediente administrativo a la Administración que lo remitió, una vez conste la firmeza de la presente resolución . - Unir certificación literal al recurso y el original al libro registro correspondiente.
MODO DE IMPUGNACIÓN:
Recurso de reposición en el plazo de CINCO DÍAS desde la notificación, que deberá ser interpuesto ante este mismo Órgano Judicial. Para la interposición de dicho recurso de reposición deberá constituirse un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano Judicial, abierta en la Entidad Bancaria BANCO SANTANDER, Sucursal cuenta número 2862, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguida del Código "-- Contencioso- Reposición" e indicando en los siguientes dígitos número y año de procedimiento. Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos./Ilmas. Sres./Sras. al margen citados; doy fe.