I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 3 de marzo de 2021, don Javier Fernández Estrada, procurador de los tribunales, en representación de don Carles Puigdemont i Casamajó y don Antoni Comín i Oliveres, ha interpuesto recurso de amparo contra los autos de 23 de octubre y 28 de diciembre de 2020, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, recaídos en la causa especial núm. 20907-2017, por los que, respectivamente, desestimó el primero el recurso de apelación interpuesto por aquellos contra otra precedente resolución del magistrado instructor que había acordado emitir un suplicatorio de suspensión de la inmunidad de los dos recurrentes en cuanto diputados del Parlamento Europeo, e, igualmente, desestimó el segundo el incidente de nulidad de actuaciones promovido contra aquel.
2. Por medio de escrito de 4 de marzo de 2021, el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, designado ponente para la resolución del recurso, ha expresado su decisión de abstenerse de su conocimiento y declinar la citada designación, con fundamento en lo dispuesto en el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), en relación con el art. 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. Por acuerdo de 4 de la misma fecha, el Excmo. Sr. presidente del Tribunal ha designado al magistrado don Pedro José González-Trevijano Sánchez, miembro de la Sección Tercera de la Sala Segunda de este tribunal, para sustituir al magistrado abstenido e integrarse en esta Sección Cuarta para el debido conocimiento y resolución de este recurso, de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional de 20 de enero de 2005 (“BOE” núm. 21, de 25 de enero).
