Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por doña Piedad Ángeles Peris García, contra las sentencias dictadas el 3 de abril de 2019, el 8 de marzo de 2018 y el 6 de noviembre de 2017, respectivamente por el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Segovia y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Sepúlveda.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a diez de mayo de dos mil veintiuno.
