Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el recurso de amparo interpuesto por don Juan Carlos Molinos Molinos y, en su virtud:
1º Declarar que ha sido vulnerado el derecho fundamental del demandante de amparo a la tutela judicial efectiva sin indefensión.
2º Restablecerlo en su derecho y, en consecuencia, declarar la nulidad del auto de 7 de noviembre de 2019, dictado por el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Jaén en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales núm. 1210-2014.
3º Retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al pronunciamiento de dicho auto, para que el órgano judicial dicte una nueva resolución que sea respetuosa con el derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a diez de mayo de dos mil veintiuno.
