SENTENCIA 108/2021, de 13 de mayo
Tribunal Constitucional de España

SENTENCIA 108/2021, de 13 de mayo

Fecha: 13-May-2021

Fallo

En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:

1º Declarar que las siguientes previsiones de la Ley Foral 16/2019, de 26 de marzo, de reconocimiento y reparación de las víctimas por actos de motivación política provocados por grupos de extrema derecha o funcionarios públicos no son inconstitucionales, interpretados en los términos de los fundamentos que a continuación se indican:

(i) El art. 6, párrafo primero, en los términos del fundamento jurídico 5 d).

(ii) El inciso del art. 9.3 “sin perjuicio de las actuaciones y gestiones que pueda realizar la comisión para la documentación y acreditación de los mismos”, en los términos del fundamento jurídico 5 b) (ii).

(iii) El art. 10.2 e), en los términos del fundamento jurídico 5 b) (iii).

(iv) El inciso del art. 11.1, párrafo primero, “realizará un resumen de los hechos que ocasionaron la vulneración de los derechos humanos de la víctima”, en los términos del fundamento jurídico 5 b) (iv).

2º Desestimar el recurso de inconstitucionalidad núm. 4062-2019 en todo lo demás.

Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.

Dada en Madrid, a trece de mayo de dos mil veintiuno.