Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el recurso de amparo interpuesto por don Juan Carlos Asenjo Grande y, en consecuencia:
1º Declarar que han sido vulnerados sus derechos a la igualdad (art. 14 CE) y a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE).
2º Restablecerle en sus derechos y, a tal fin, declarar la nulidad de la sentencia núm. 58/2019, de 11 de abril, del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 1, recaída en procedimiento abreviado núm. 15-2019, y de la resolución de 31 de agosto de 2018 del secretario de Estado del Ministerio de Justicia dictada en el expediente núm. 373-2017.
3º Retrotraer las actuaciones al momento anterior a pronunciarse la última resolución citada para que se resuelva la reclamación de responsabilidad patrimonial por prisión provisional de forma respetuosa con los derechos fundamentales a la igualdad y a la presunción de inocencia.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a veintiuno de junio de dos mil veintiuno.
