(Asunto T-806/21 Recurso interpuesto el 27 de diciembre de 2021 — NT/EMA
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-806/21 Recurso interpuesto el 27 de diciembre de 2021 — NT/EMA

Fecha: 27-Dic-2021

Recurso interpuesto el 27 de diciembre de 2021 — NT/EMA

(Asunto T-806/21)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: NT (representante: N.de Montigny, abogada)

Demandada: Agencia Europea de Medicamentos

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la decisión de 15 de marzo de2021.

En caso necesario, anule la decisión de 30 de septiembre de2021.

Condene a la parte demandada al pago de una indemnización de 2500,00euros por el perjuicio moral sufrido por la demandante.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca cinco motivos.

Primer motivo, basado en una motivación insuficiente de la decisión. La demandante alega, a este respecto, la falta de un examen concreto y detallado de la situación y la existencia de contradicciones en las conclusiones aportadas. Invoca asimismo una subversión del concepto de «enfermedad profesional» y un error manifiesto de apreciación.

Segundo motivo, basado en la falta de información o en una información errónea aportada por el asesor médico de la Agencia al médico designado por la demandante y al médico tercero en cuanto a la calificación de enfermedad profesional en el sentido del Estatuto de los funcionarios.

Tercer motivo, basado en una irregularidad de procedimiento y en el carácter prematuro de las conclusiones de la Comisión de invalidez por cuanto se supone que estas deben tener en cuenta la situación de estrés provocada por el trabajo, y los hechos que subyacen son objeto actualmente de una investigación administrativa.

Cuarto motivo, basado en la vulneración del derecho de la demandante a ser oída por la autoridad facultada para proceder a los nombramientos antes de la adopción de la decisión y en un incumplimiento del deber de asistencia y protección y de buena administración.

Quinto motivo, basado en un mal funcionamiento del servicio imputable a la Administración en el marco de la tramitación de la solicitud de la demandante que implicó para esta un perjuicio valorado ex aequo et bono en 2500,00euros.

____________

Vista, DOCUMENTO COMPLETO