(Asunto C-109/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 26 de octubre de 2021
Fecha: 26-Oct-2021
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 26 de octubre de 2021
(Asunto C-109/20)1
(Procedimiento prejudicial— Acuerdo entre el Gobierno del Reino de Bélgica y el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo, por una parte, y el Gobierno de la República Popular de Polonia, por otra, sobre la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, firmado el 19 de mayo de1987— Procedimiento arbitral— Litigio entre un inversor de un Estado miembro y otro Estado miembro— Cláusula arbitral contraria al Derecho de la Unión recogida en dicho Acuerdo— Nulidad— Convenio arbitral ad hoc entre las partes de tal litigio— Participación en el procedimiento arbitral— Manifestación tácita de la voluntad de ese otro Estado miembro de celebrar dicho convenio arbitral— Ilegalidad)
Lengua de procedimiento: sueco
Órgano jurisdiccional remitente
Högsta domstolen
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Republiken Polen
Recurrida: PL HoldingsSàrl
Fallo
Los artículos 267TFUE y 344TFUE deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que permite a un Estado miembro celebrar con un inversor de otro Estado miembro un convenio arbitral ad hoc que permita continuar un procedimiento arbitral iniciado sobre la base de una cláusula arbitral, de idéntico contenido a dicho convenio, que se recoge en un acuerdo internacional celebrado entre esos dos Estados miembros y que es nula por ser contraria a esos mismos artículos.
1 DO C161 de 11.5.2020.